Licencias de cambio de uso
Esta licencia sirve para autorizar los cambios de uso, como por ejemplo, de local comercial a vivienda. En el caso de la licencia de cambio de uso que traiga asociada la realización de obras, se deberá actuar conforme a lo que se determina en el apartado de obra nueva en general.
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Licencia de cambio de uso
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Tramitación de licencia
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Cambio de uso. Preguntas frecuentes
¿Qué es la licencias de cambio de uso?
Mi casa ya está acondicionada pero consta como local comercial o garaje. ¿Qué proceso debo seguir?
¿Quién puede pedir la licencia de cambio de uso?
Licencia de cambio de uso, ¿quién puede solicitar la licencia de cambio de uso y qué documentación necesita aportar?
¿Qué documentación se necesita para realizar el trámite de la licencia de cambio de uso?
¿Cuánto cuesta solicitar la licencia de obras para cambio de uso?
¿Hay que hacer algún depósito como garantía de las obras?
Forma de pago
¿Qué ordenanzas fiscales estoy obligado a asumir?
¿Cuál es el límite de respuesta legal da el Reglamento?
¿Cuáles son los procedimientos que hay que seguir para para presentar una licencia de obras para cambio de uso?
Si se trata de un proyecto de Obras Mayores, ¿qué documentación se debe presentar?
¿Cuál es la documentación gráfica necesaria presentar?
¿Qué ocurre si necesito adjuntar más documentación al expediente?
¿Qué documentación se necesita para realizar el trámite de la licencia de cambio de uso?
Para solicitar el trámite de la licencia de cambio de uso, se necesitará:
- Una autorización de la comunidad de propietarios, si es que el trámite incluye realizar obras de reforma y/o ampliación que afecten a elementos estructurales y/o fachada.
- Un certificado emitido por un arquitecto o arquitecto técnico que acredite que el edificio o parte del mismo, con objeto de legalizar o realizar un cambio de uso, es apto para el uso que se pretende utilizar. El certificado debe dar conformidad de cumplimiento de la normativa aplicable y, con especial referencia, al cumplimiento de las condiciones de estabilidad, solidez, aislamiento térmico, acústico y normas sobre accesibilidad y prevención de incendios y habitabilidad.
- También se necesita la escritura de la constitución de la sociedad y poderes del representante, en el caso de que se trate de una sociedad.
Estudio de Seguridad y Salud
- Un Estudio de Seguridad y Salud convenientemente firmado, o un Estudio Básico, en su caso.
- Una ficha justificativa de la obtención del presupuesto de referencia (PR) o un documento equivalente firmado por el técnico, según el cumplimiento de la Ordenanza fiscal nº6 y nº17.
- Adjuntar fotografías de la finca, en las que se muestren la fachada e interior, firmadas por detrás por el promotor (el dueño).
Dirección Facultativa
- Nombrar una Dirección Facultativa que asuma la dirección y el control técnico de la ejecución de la obra. Es el asume técnico competente.
- Así mismo, el Proyecto Técnico de Telecomunicaciones, en caso de ser necesario, y debe cumplir el Decreto 1/1998, sobre infraestructuras y servicios de telecomunicaciones.
- El Proyecto Técnico, firmado por el promotor y por los técnicos competentes, por duplicado.
- Un plano de emplazamiento del Planeamiento Vigente, el cual debe firmarse.
- El famoso cuestionario de Estadística de edificación y vivienda. Se adjuntarán dos copias.
- Una solicitud para la construcción del alcantarillado o un certificado técnico de la existencia y suficiencia de esta conexión para el uso a realizar. Éste último debe tramitarse con SOREA (Barcelona).
Documentación Gráfica
- Un plano detallado con el mobiliario urbano y, en caso necesario, se tendrá que aportar el documento de solicitud de retirada del mismo. En caso de que no exista mobiliario urbano afectado, debe justificarse.
- Un documento justificativo del pago de la Autoliquidación de la Tasa por licencia urbanística (1,5% Presupuesto de Referencia (PR), el cual lo generará y entregará por la oficina gestora (en el caso de la población de Sant Cugat del Vallés, lo generará y entregará la oficina gestora de Sant Cugat del Vallés de la Diputación de Barcelona)
¿Cuánto cuesta solicitar la licencia de obras para cambio de uso?
En este caso, nos referiremos a la tasa de la ordenanza fiscal. Para el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés, acudiremos a la tasa que se fija en la ordenanza fiscal número 17.
También es necesario abonar el ICIO (Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras), correspondientes, en el caso del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés, a la ordenanza fiscal número 6.
¿Hay que hacer algún depósito como garantía de las obras?
Sí, los Ayuntamientos suelen solicitar garantías por si se produjeran desperfectos en la Vía Pública y por la generación de residuos procedentes de la obra o construcción.
En el caso del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés, exigen las siguientes garantías:
- Para los posibles desperfectos generados a la vía pública, se fijará una fianza del 2% del Presupuesto de Referencia (Pr).
- Residuos de la construcción, que suponen un cúmulo de 11 euros por cada tonelada de residuos previstos en el estudio de gestión, con un mínimo de 150 €, según establece el Decreto 89/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el Programa de gestión de residuos de la construcción de Cataluña (PROGOC). El PRGOC regula la producción y gestión de residuos de la construcción y demolición, y el canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción.
Recuerda
Hay que recordad que, cuando se presente ante el ayuntamiento, junto con la solicitud de la licencia de obras, hay que adjuntar un documento de aceptación firmado por un gestor de residuos autorizado para garantizar el correcto destino de los residuos separados por tipos. En este documento debe constar el código de gestor, el domicilio de la obra y el importe recibido en concepto de depósito para su posterior gestión.
Forma de pago
Se debe acudir al banco, a las entidades colaboradoras con el Ayuntamiento. La constitución de las fianzas se realizará mediante tarjeta bancaria en la Oficina de Atención Ciudadana (recomendamos pedir cita previa) o, si se trata de una empresa o autónomo, a través de la Ventanilla Única Empresarial (FUER) de Sant Cugat del Vallés.
¿Cuál es el procedimiento que hay que seguir para para presentar una licencia de obras para cambio de uso?
El primer paso para presentar una licencia será solicitar cita previa en la Oficina de Gestión tributaria de la Diputación de Barcelona, en su página web, para recoger la autoliquidación de la tasa correspondiente, aportando esta instancia debidamente cumplimentada.
Una vez se haya liquidado la tasa a la entidad bancaria, se podrá iniciar el trámite, presentando la documentación necesaria en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano o en la Ventanilla Única Empresarial del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés.
Las fianzas
Además, se tienen que constituir las fianzas que, si se pagan con tarjeta de crédito, pueden liquidarse en la misma oficina del Ayuntamiento. Antes de que se otorgue la licencia, será necesario que se haya constituido las fianzas en concepto de residuos de construcción y demolición y en concepto de desperfectos en la vía pública.
Si se va a ocupar la vía pública con sacos, contenedores o andamios, también será necesario obtener, previamente, el correspondiente permiso de ocupación especial del espacio público, así como para cortar la calle parcial o totalmente.
Plan Especial de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Arqueológico
Si el edificio o vivienda en el que se va a intervenir se encuentra incluido en el Plan Especial de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Arqueológico (de Sant Cugat del Vallés), se deberá cumplir la normativa específica del mismo y, en especial, deberá completarse la documentación con aquella detallada en los artículos 21, 22 y 23 del citado Plan Especial. En aplicación de la Ordenanza Municipal, para tramitar licencias en parcelas afectadas por el Plan Especial de Protección del Patrimonio Arquitectónico y Arqueológico de Sant Cugat del Vallés, será necesario que, la Comisión de Patrimonio, apruebe el proyecto, previamente, a la concesión de la licencia.
Si se trata de un proyecto de Obras Mayores, deberás presentar la siguiente documentación:
- Memoria donde se describa e indique todos los datos que no pueden representarse en los planos.
- Una justificación de la normativa de obligado cumplimiento y que se ajuste en el Planeamiento urbanístico vigente.
- Cuadro de superficies útiles y construidas. Cálculo del número máximo de viviendas (en su caso). Ficha resumen de superficies útiles y construidas.
Justificación del cumplimiento del:
- Plan General de Ordenación.
- las ordenanzas.
- la habitabilidad de las viviendas, conforme al Decreto 141/2012.
- normativa térmica NRE-AT-87.
- normat. acústica del NBE-CA-88.
- normativa sísmica NCSE-02 de Construcción Sismo resistente (se podrá entregar también integrando el Proyecto de Ejecución).
- la CPI-96.
- normativa sobre prevención de incendios CPI-96.
- Accesibilidad. Decreto 135/95 sobre supresión de barreras arquitectónicas (en su caso). Justificación del cumplimiento del decreto 135/95.
Además:
- Se entregarán las fichas técnicas de los servicios de fontanería, los cuales, también se pueden entregar integrados en el Proyecto de Ejecución.
- hay que entregar las fichas técnicas de electricidad, que también se pueden entregar integradas en el Proyecto de Ejecución.
- Galerías o pozos. En su caso, indicación de galerías subterráneas, minas de pozos o pozos que existen en la finca (art 24.2.h de las OME del PGM)
¿Qué documentación gráfica es necesaria presentar?
Se podrá presentar la documentación complementaria que se considere oportuna en cada caso particular pero, cómo mínimo, para poder informar a las licencias solicitadas, se debe presentar:
Planos
Generales
- situación a escala 1/2000. En este plano es donde se localiza la parcela. Se puede extraer del Planeamiento vigente (PGO, Plan Parcial, etc...).
- emplazamiento a escala 1/500. En este plano, se representará el emplazamiento de toda la manzana, en el que se expresará, de forma indubitable, la situación de la finca en relación a vías públicas y particulares. Además, se acotará la distancia de las obras al eje de la vía pública y la anchura de ésta, así como la relación con la calle más cercana y se indicará la orientación, las alineaciones, rasantes oficiales y, si se procede, el perímetro del patio central de la manzana.
Topográficos
- parámetros urbanísticos a escala 1/500 o 1/200. En este plano es donde se justificarán los parámetros urbanísticos del planeamiento vigente y los límites del cálculo de las superficies construidas (sotarrasante y sobrerrasante) que computan por el empleo y la edificabilidad.En el caso de edificaciones con alineación de vial se acotará, como mínimo, la profundidad edificable y se grafiará oportunamente la alineación oficial y las posibles afectaciones por ampliación de vial.En el caso de edificaciones aisladas, se grafiará de forma específica la superficie real del solar (de acuerdo con el plano topográfico) y las distancias mínimas a umbrales.
- topográfico y edificaciones existentes a escala 1/500. Debe figurar la topografía y las construcciones existentes y fincas colindantes.Las curvas de nivel deben tener una equidistancia mínima de un metro, en el que se indicará la vegetación y edificaciones existentes.Se indicará los canales de accesos a los servicios y conexiones.En el plano de las construcciones existentes, se grafiarán las fincas colindantes, con expresión de los datos suficientes para poder apreciar los posibles condicionantes que, para la licencia solicitada, puedan derivarse. En concreto, hay que indicar la situación de transformadores cercanos. Además, en este plano, o en el de emplazamiento, es necesario también es necesario grafiar de forma detallada el mobiliario urbano existente en el entorno del edificio a construir, especialmente en el tramo de su fachada.
Plantas
- plantas, secciones y fachadas, a escala 1/50. Excepcionalmente, en el caso de edificios industriales de gran tamaño, se pueden presentar planos a escala 1/200, siempre que los planos de fachada y de los elementos singulares (vestíbulos, oficinas, vestuarios, etc.) se presenten a 1/50 .
- las plantas estarán acotadas y, en ellos se anotará y se detallará minuciosamente en forma gráfica y numérica todo lo necesario o conveniente para facilitar el examen y comprobación en relación al cumplimiento de las ordenanzas aplicables (cumplimiento del programa funcional y del decreto de habitabilidad).
- distribución de las plantas. En función de la envergadura del proyecto, se puede incorporar en los planos de plantas de cotas. Se indicará el mobiliario, sanitarios y aparatos elevadores; aparatos y mobiliario de cocinas, chimeneas, shunts y desagües; y elementos de protección y evacuación contra incendios, etc.
- planta cubierta. Se indicará la cámara de maquinaria del ascensor, chimeneas, sumideros, canalones y cumbreras; juntos de dilatación, pendientes, y en su caso, reservas para instalación de placas solares, sistemas de climatización, antenas y zonas de tendederos.
Secciones
- Secciones generales y fachadas de patios a escala 1/50 o 1/100 según proyecto. Las secciones serán acotadas, al menos, una de ellas realizada por la escalera) y desarrollo de las paredes de los patios. La indicación de los parámetros reguladores del planeamiento vigente (cota de referencia, altura reguladora máxima, terreno natural, terreno modificado...). Se debe indicar en planta por donde están hechas las secciones.
- Fachadas del edificio a escala 1/50 o 1/100, según proyecto, con el nombre por referencia a calle. Indicación de los parámetros reguladores del planeamiento vigente (cota de referencia, altura reguladora máxima, terreno natural, etc.
¿Qué ocurre si necesito adjuntar más documentación al expediente?
Durante el trámite del expediente, si es necesario aportar documentación complementaria o se tienen que subsanar deficiencias requeridas, existe un trámite específico llamado “Respuesta a un requerimiento de subsanación y/o aportar documentación a un expediente”, por el que el trámite es más ágil y adecuado. Si la licencia se solicita en el Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallés, puedes acceder en esta dirección.
Mi casa ya es habitable y no hay que hacer obras para acondicionarla pero figura como un local comercial o un garaje. ¿Cuál es el trámite que debo seguir para hacer un cambio de uso?
Si la vivienda ya es habitable y no es necesario realizar obras para reacondicionar la vivienda pero, el uso legal al está destinada es de local comercial o garaje, debes solicitar el trámite de la licencia de cambio de uso. Para ello, necesitarás:
- Una autorización de la comunidad de propietarios, si es que el trámite incluye realizar obras de reforma y/o ampliación que afecten a elementos estructurales y/o fachada.
- Un certificado emitido por un arquitecto o arquitecto técnico que acredite que el edificio o parte del mismo, con objeto de legalizar o realizar un cambio de uso, es apto para el uso que se pretende utilizar. El certificado debe dar conformidad de cumplimiento de la normativa aplicable y, con especial referencia, al cumplimiento de las condiciones de estabilidad, solidez, aislamiento térmico, acústico y normas sobre accesibilidad y prevención de incendios y habitabilidad.
También se necesita
- la escritura de la constitución de la sociedad y poderes del representante, en el caso de que se trate de una sociedad.
- Una ficha justificativa de la obtención del presupuesto de referencia (PR) o un documento equivalente firmado por el técnico, según el cumplimiento de la Ordenanza fiscal nº6 y nº17.
- Adjuntar fotografías de la finca, en las que se muestren la fachada e interior, firmadas por detrás por el promotor (el dueño).
Dirección Facultativa
- Nombrar una Dirección Facultativa que asuma la dirección y el control técnico de la ejecución de la obra. Es el asume técnico competente.
- Así mismo, el Proyecto Técnico de Telecomunicaciones, en caso de ser necesario, y debe cumplir el Decreto 1/1998, sobre infraestructuras y servicios de telecomunicaciones.
Proyecto Técnico
- El Proyecto Técnico, firmado por el promotor y por los técnicos competentes, por duplicado.
- Un plano de emplazamiento del Planeamiento Vigente, el cual debe firmarse.
- El famoso cuestionario de Estadística de edificación y vivienda. Se adjuntarán dos copias.
Alcantarillado
- Una solicitud para la construcción del alcantarillado o un certificado técnico de la existencia y suficiencia de esta conexión para el uso a realizar. Éste último debe tramitarse con SOREA (Barcelona).
- Un plano detallado con el mobiliario urbano y, en caso necesario, se tendrá que aportar el documento de solicitud de retirada del mismo. En caso de que no exista mobiliario urbano afectado, debe justificarse.
- Un documento justificativo del pago de la Autoliquidación de la Tasa por licencia urbanística (1,5% Presupuesto de Referencia (PR), el cual lo generará y entregará por la oficina gestora (en el caso de la población de Sant Cugat del Vallés, lo generará y entregará la oficina gestora de Sant Cugat del Vallés de la Diputación de Barcelona)
Igual que la obra nueva, pero con menos documentos
Es decir, se solicita la misma tramitación exigible para una obra nueva, pero no son necesarios los siguientes documentos:
- estudio de gestión de residuos de construcción y demolición (en su caso).
- El nombramiento de contratista (en su caso).
- nombramiento de la coordinación de seguridad (en su caso).
- Programa de control de Calidad (en su caso).
- El documento de aceptación de residuos firmado por gestor autorizado (en su caso).
- Los documentos justificativos de la constitución de fianzas. A depositar por el titular
Te invitamos a leer estas publicaciones de casos reales:
Realizamos Proyectos para solicitar licencia de cambio de uso y Dirección de Obra en toda la provincia de Barcelona y especialmente en:
Cambio de uso en Sabadell: transformar un local en vivienda con garantías
Cada vez más propietarios optan por el cambio de uso en Sabadell para convertir un local en desuso en una vivienda habitable y legalizada. En Lafita Arquitectura somos arquitectos especializados en cambio de uso en Sabadell y nos ocupamos de todo el proceso: estudio de viabilidad, proyecto técnico, licencia de obras, dirección de obra y trámites finales.
Nuestro objetivo es que el cambio de uso de local a vivienda en Sabadell se realice con plena seguridad jurídica y técnica, cumpliendo el <strongCTE, el Decret 141/2012 d’habitabilitat y las ordenanzas municipales del Ajuntament de Sabadell. Trabajamos en todo el municipio: Centre, Creu Alta, Eix Macià, La Creu de Barberà, Can Rull, Can Oriach, Gràcia, Hostafrancs, La Concòrdia, Can Llong y el resto de barrios.
Requisitos para el cambio de uso en Sabadell
Antes de iniciar un cambio de uso en Sabadell es imprescindible comprobar si el local puede cumplir las condiciones mínimas de habitabilidad y si la normativa urbanística permite el uso residencial en esa ubicación. Por eso siempre empezamos con un estudio de viabilidad donde analizamos:
- Planeamiento urbanístico de Sabadell: compatibilidad del uso vivienda en la zona, alineaciones, profundidad edificable, patios y parámetros de la ordenanza.
- Superficie útil disponible y posibilidad de obtener las estancias mínimas exigidas (sala, dormitorio, cocina, baño, distribuidor).
- Alturas libres existentes y posibles falsos techos o instalaciones a regularizar.
- Iluminación y ventilación natural a fachada, patio o patio de luces, según lo exige el Decret d’habitabilitat.
- Accesos y seguridad: relación con el portal, puerta de acceso, recorridos de evacuación y cumplimiento del CTE DB-SI y DB-SUA.
- Instalaciones: viabilidad de salida de humos, ventilación de baños, acometidas de agua, electricidad, saneamiento y telecomunicaciones.
Con este análisis podemos determinar si el cambio de uso en Sabadell es viable y qué nivel de obras será necesario para que la futura vivienda sea completamente legal y confortable.
Fases del cambio de uso de local a vivienda en Sabadell
1. Estudio previo y viabilidad del cambio de uso
Visitamos el local, tomamos medidas, estudiamos la situación urbanística y revisamos las ordenanzas del Ajuntament de Sabadell. Este estudio previo permite al cliente saber si vale la pena invertir en el cambio de uso y cuáles serán los pasos a seguir.
2. Proyecto técnico de cambio de uso en Sabadell
Si la viabilidad es positiva, redactamos el proyecto técnico de cambio de uso. Incluye planos, memoria, cumplimiento del CTE, justificación de habitabilidad, definición de materiales e instalaciones y presupuesto de obra. El proyecto va firmado por un arquitecto especialista en cambio de uso en Sabadell y es el documento base para solicitar la licencia.
3. Tramitación de la licencia en el Ayuntamiento de Sabadell
Presentamos el proyecto y la documentación requerida ante el Ayuntamiento para obtener la licencia de obras correspondiente (obra mayor, menor o comunicación, según el alcance). Hacemos el seguimiento del expediente y resolvemos las posibles aclaraciones técnicas para agilizar el trámite.
4. Ejecución de las obras y dirección de obra
Una vez concedida la licencia, se inician las obras de adecuación del local. Nos encargamos de la dirección de obra y del control técnico para garantizar que todo se ejecuta conforme al proyecto y a la normativa. Optimizamos la distribución, el paso de instalaciones, la entrada de luz natural y el aislamiento térmico y acústico de la vivienda.
5. Certificados finales, habitabilidad y actualización de datos
Al finalizar las obras emitimos el certificado final de obra y tramitamos la cédula de habitabilidad. Si es necesario, también gestionamos la actualización de Catastro y Registro de la Propiedad para que el inmueble quede correctamente identificado como vivienda. De esta manera, el cambio de uso en Sabadell queda completamente regularizado.
Precio del cambio de uso en Sabadell
El precio de un cambio de uso en Sabadell depende de varios factores: superficie del local, número de estancias, estado actual, nivel de obras necesarias, calidad de acabados y tasas municipales. No es posible dar un importe único, pero siempre trabajamos con un presupuesto detallado y transparente.
En líneas generales, el coste se compone de:
- Honorarios de arquitecto por el proyecto y la dirección de obra.
- Coste de las obras de adecuación del local a vivienda.
- Tasas municipales asociadas a la licencia de obras y al cambio de uso en el Ayuntamiento de Sabadell.
- Trámites complementarios: cédula de habitabilidad, certificados técnicos, Catastro y Registro.
Antes de empezar, presentamos un presupuesto claro para que el cliente pueda valorar la inversión total del cambio de uso en Sabadell.
En qué zonas de Sabadell trabajamos
Realizamos cambios de uso en Sabadell en todo el municipio: Centre, Creu Alta, Creu de Barberà, Eix Macià, Can Rull, Can Oriach, La Concòrdia, Gràcia, Hostafrancs, La Creu de Barberà, Les Termes, Can Llong, Can Deu, Campoamor, Nostra Llar y otras zonas. Si tienes un local en Sabadell y quieres valorar su transformación en vivienda, podemos estudiar tu caso de forma personalizada.
Arquitecto especialista en cambio de uso en Sabadell
Contar con un arquitecto especialista en cambio de uso en Sabadell es clave para que el proyecto sea viable y se tramite sin problemas. En Lafita Arquitectura te acompañamos desde la primera visita al local hasta la entrega de la vivienda terminada y legalizada, evitando pasos en falso y proyectos inviables.
Si estás pensando en convertir un local en vivienda, podemos analizar tu caso y decirte con claridad qué se puede hacer, qué obras serán necesarias y qué plazos y costes aproximados implica el cambio de uso en Sabadell.
Preguntas frecuentes sobre el cambio de uso en Sabadell
¿Cómo se tramita un cambio de uso en Sabadell?
Para realizar un cambio de uso en Sabadell es necesario un proyecto técnico firmado por arquitecto, solicitar la licencia de obras en el Ayuntamiento, ejecutar los trabajos de adecuación y tramitar la cédula de habitabilidad y el resto de documentación final.
¿Es obligatorio contratar a un arquitecto para el cambio de uso?
Sí. El proyecto de cambio de uso de local a vivienda en Sabadell debe ir firmado por un arquitecto que justifique el cumplimiento del CTE, la habitabilidad y la normativa urbanística.
¿Cualquier local puede convertirse en vivienda?
No. Solo pueden transformarse aquellos locales que cumplan las condiciones de habitabilidad (altura, superficie, ventilación e iluminación) y estén en zonas donde el planeamiento permita el uso vivienda. Por eso es fundamental el estudio de viabilidad previo.
¿Cuánto puede tardar un cambio de uso en Sabadell?
El plazo total suele estar entre 2 y 6 meses, dependiendo del tipo de licencia, la complejidad de la obra y el tiempo de respuesta del Ayuntamiento de Sabadell.
¿Qué ventajas tiene el cambio de uso de local a vivienda?
Permite aprovechar locales infrautilizados, aumentar el valor del inmueble, crear viviendas en zonas consolidadas y adaptar el espacio a las necesidades actuales de vivienda en Sabadell.
¿Trabajáis solo en Sabadell?
Además de realizar cambios de uso en Sabadell, también trabajamos en Terrassa, Rubí, Sant Cugat del Vallès, Barcelona y otras poblaciones del entorno, adaptando cada proyecto a la normativa específica de cada ayuntamiento.