Informe de Idoneidad Técnica IIT

El Informe de Idoneidad Técnica (IIT) de Barcelona es un procedimiento en virtud del cual, el COAC (Colegio de Arquitectos de Cataluña), lleva el control de la adecuación de un proyecto de obras o de una documentación técnica. Todo ellos en base a un conjunto de parámetros determinados sobre la normativa de aplicación en los proyectos en el municipio de Barcelona.

Objeto del Informe de Idoneidad Técnica IIT

El Informe de Idoneidad Técnica IIT tiene por objetivo verificar que el proyecto -o la documentación técnica- cumple los requisitos de integridad documental, suficiencia e idoneidad de las obras. Hay que recordar que, según la Ordenanza Reguladora de los Procedimientos de Intervención Municipal en las Obras -ORPIMO-, existen obras mayores y menores de tipo:

  • I: comunicado diferido.
  • II: comunicado inmediato.

Así, acredita el cumplimiento de las determinaciones del Código Técnico de la Edificación, que serán comprobadas durante los procedimientos municipales de intervención y las condiciones de:

  • seguridad,
  • accesibilidad,
  • habitabilidad,
  • las disposiciones adoptadas para alcanzar los parámetros de ecoeficiencia,
  • condiciones exigidas por la legislación de uso y actividad y el planeamiento urbanístico.

¿Cuándo se solicita el Informe de Idoneidad Técnica ITT?

El Informe de Idoneidad Técnica se solicitará obligatoriamente antes de iniciar la tramitación de los permisos de obra (licencia de obras mayores o comunicados).

¿Cómo se tramita el Informe de Idoneidad Técnica ITT?

Se tramita telemáticamente. Es imprescindible que el arquitecto disponga de Firma Electrónica.

Pasos para solicitar el Informe de Idoneidad Técnica

Previamente, antes de iniciar el procedimiento en la web del COAC, hay que realizar la consulta previa en la oficina virtual del Ayuntamiento de Barcelona. La propia web ofrece una guía documental, cuyos documentos son necesarios para que el COAC los valide.

El Equipo de Arquitectos de Lafita Arquitectura está colegiado para poder acceder a la aplicación del COAC y poder tramitar los Informes de Idoneidad Técnica IIT.

El COAC pone a disposición de los arquitectos colegiados una aplicación web específica para tramitar los Informes de Idoneidad Técnica IIT del Ayuntamiento de Barcelona.

Esta aplicación está orientada a las necesidades reales de los usuarios, con una introducción de datos muy ágil. La aplicación permite que, como arquitectos, firmemos diversos documentos a la vez o que los solicitantes de un mismo expediente firmen los documentos en diferentes lugares y momentos.

Además, el solicitante del IIT ve de forma clara y automática los puntos de control realizados por los técnicos visadores, los verificados y los que quedan pendientes. Las firmas electrónicas válidas son FirmaProfesional y DNIe.

¿Cuánto tiempo se tarda en conseguir tramitar el Informe de Idoneidad Técnica IIT?

El COAC asume un compromiso de tramitación en un máximo de 5 días laborables una vez iniciada la revisión técnica.

¿Cuánto cuesta tramitar el Informe de Idoneidad Técnica?

El Ayuntamiento establece un baremo de precios, de los cuales el COAC aplica los mínimos.

En este sentido, los precios que aplicará el Colegio de Arquitectos de Cataluña son:

  • Expedientes tramitados bajo el régimen de intervención de licencia (Anexo I de la ORPIMO)

- Licencias 1a/1b/1c/1j: 1,16 €/m2
- Licencia tipo 1d/1e/1f/1g/1h/1i/1k/1l/1m/1n: 218 €

  • Expedientes tramitados bajo el régimen de intervención de comunicado (Anexo 4 y 5 de la ORPIMO)

- Comunicado con proyecto técnico: 243 €
- Comunicado con documentación técnica: 167 €

En estos importes deberá añadirse el IVA correspondiente.
Este sistema está vigente para todos los nuevos expedientes entrados a partir del 16 de octubre de 2014.

¿Cómo proceder al pago del Informe de Idoneidad Técnica?

La Ordenanza Fiscal del Ayuntamiento de Barcelona sobre tasas urbanísticas implica que, actualmente, el cliente debe abonar el importe de la revisión directamente a la entidad colaboradora acreditada que emita el IIT (importe sujeto a IVA).

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