Comunicación previa con técnico en Rubí

¿Qué es la Comunicación Previa de obras con técnico?

Es un tipo de licencia en virtud de la cual, el promotor de una obra pone en conocimiento del Ayuntamiento, el objeto de las obras. Con esta comunicación, se adjunta la documentación necesaria con carácter previo al inicio/modificación de las obras e intervenciones urbanísticas susceptibles de control municipal.

Aquellas intervenciones que se pretendan realizar en inmuebles con ficha de protección arquitectónica (T, P, A) , están excluidas del régimen de comunicación previa de obras. Puede comprobar si su finca está afectada en la ficha de fincas de protección arquitectónica.

Pasos para solicitar una comunicación previa de obras con técnico

  1. Pago de la tasa: se debe solicitar la autoliquidación de la tasa urbanística en la Oficina de Gestión tributaria de la Diputación de Barcelona. Este primer paso puede realizarlo telemáticamente aquí. También puede realizarse presencialmente, para lo que deberá solicitar cita previa, . Para los dos casos, es necesario aportar la instancia debidamente cumplimentada.
  2. Presentación de la documentación: una vez liquidada la tasa en la entidad bancaria, se iniciará el trámite ante el Ayuntamiento. Para ello, se debe presentar toda la documentación necesaria.
  3. Pago del ICIO (Impuesto para las Construcciones, Instalaciones y Obras): una vez efectuada la presentación de la Comunicación previa de obras en el Ayuntamiento, la Oficina de Gestión tributaria de la Diputación de Barcelona notificará la liquidación del pago del ICIO, el cual deberá de efectuarse dentro de los plazos y en los lugares que se otorguen.

Comunicación previa de obras con técnico en Rubí

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Documentación a presentar en la comunicación previa de obras que requieren técnico

Para el Ayuntamiento de Rubí, es necesario presentar un croquis de la actuación, junto con la documentación necesaria para presentar una comunicación previa de obras sin técnico:

  • Sustitución o nueva implantación de antenas y/o infraestructuras relativas a las redes públicas de comunicaciones electrónicas que, de acuerdo con la legislación sobre telecomunicaciones, estén sujetas al régimen de declaración responsable establecido en las mismas.
  • Sustitución/arreglo generalizado de elementos no estructurales de cubiertas y azotea.
  • s (tejas, telas asfálticas, alicatados, ...), cuando sea necesaria la utilización de andamio, mediante trabajos verticales, puente colgante o cualquier otro elemento auxiliar similar y/o que contengan amianto.
  • Restauración, limpieza y/o reparación de fachadas, y de sus elementos, cuando sea necesario la utilización de andamio, mediante trabajos verticales, puente colgante u otro elemento auxiliar similar y/o que contengan amianto.
  • Construcción, restauración, limpieza, reparación y/o sustitución de tabiques pluviales, y de sus elementos, cuando sea necesario la utilización de andamio, mediante trabajos verticales, puente colgante u otro elemento auxiliar similares y/o que contengan amianto.
  • Redistribuciones de viviendas, locales, naves, etc., entendida como el derribo de tabiques y/o la nueva construcción con independencia del material empleado. Todo ello, sin alteración/afectación de la estructura, sin variar la superficie construida o volumen existentes, ni cambiar el uso a residencial.
  • Formación de la solera del pavimento interior o exterior de un edificio y/espacios comunitarios.
  • Colocación de falsos techos (nueva instalación).
  • Construcción y/o instalación de piscinas sin cubrición en explanada existente en sustitución de suelos.
Informe técnico arquitecto Barcelona
  • Mejora de la accesibilidad de edificios (si no afecta a la estructura).
  • Catas en edificaciones existentes que afecten a la estructura.
  • Construcción, escombro, sustitución, modificación o reparación de muros de contención.
  • Instalación de invernaderos o instalaciones similares, cuando los muros perimetrales de estas instalaciones sean inferiores a un metro de altura.
  • Construcción y/o instalación de casetas provisionales en el interior de la obra.
  • Instalación de chimeneas domésticas.
  • Instalación y/o reparación de chimeneas industriales y/o en locales.
  • Cambio de uso (excepto residencial).
  • Colocación de carteles y vallas de propaganda visibles desde la vía pública.
  • Instalación de grúas puente en el interior de edificios industriales.
  • Acondicionamiento para nuevas actividades.
  • Colocación o sustitución de rótulos.
  • Instalación de placas fotovoltaicas/solares.
  • La formalización de operaciones jurídicas que, sin constituir o modificar un régimen de propiedad horizontal, simple o compleja, conllevan un incremento del número de viviendas, establecimientos u otros elementos susceptibles de aprovechamiento privativo independiente respecto de los autorizados en una licencia urbanística anterior. Deberá presentarse la documentación mínima exigida legalmente.

En caso de que las obras a realizar no se encuentren numeradas en este apartado, es posible que se requiera solicitar una comunicación previa sin técnico en Rubí.

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Comunicación previa de obras sin técnico en Rubí

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