ITE preguntas frecuentes

ITE preguntas frecuentes: respondemos a las dudas más usuales sobre la ITE o Inspección Técnica del Edificio

Pulsa sobre las preguntas o sobre las pestañas y se abrirá un desplegable. Y si tienes dudas, ¡contacta con nosotros!

  1. Envíanos un correo electrónico o un Whatsapp indicándonos la dirección del inmueble. Si tienes la Parcela Catastral del edificio, envíanosla.
  2. Te enviaremos un correo electrónico con el presupuesto en un tempo máximo de 24 horas -normalmente los enviamos en 3 ó 4 horas-.
  3. Una vez recibido, si tienes dudas sobre el mismo, llámanos y resolveremos cualquier cuestión al respecto.
  1. Una vez aceptado el presupuesto, comenzamos los trabajos de programación para las inspecciones de las viviendas.
  2. Enviamos un cuadrante al Administrador de Fincas o al Presidente de la Comunidad de Propietarios con las visitas programadas. Permitimos cambios -en la medida de lo posible-.

Una vez aprobado el presupuesto, realizaremos una consulta en el archivo municipal para consultar la licencia de obras del edificio.

  1. Si se trata de un edificio de viviendas plurifamiliar -lo más habitual-, primero inspeccionamos y revisamos las zonas de elementos comunes: caja de escalera, cuarto del ascensor, aparcamientos soterrados, cuartos de contadores -luz y agua-, etc.
  2. Según el cuadrante ofrecido a la Propiedad, realizamos la inspección de las viviendas o elementos privativos del edificio.
  1. En la visita de la vivienda, realizamos un recorrido fotográfico.
  2. A continuación, tomamos medidas de la vivienda para realizar los planos, localizando en él los cuartos húmedos, entre otros.
  3. Después, realizamos una rigurosa inspección en búsqueda y captura de lesiones, como fisuras, grietas, humedades, etc.
  4. Comprobaremos los elementos de fachada para localizar posibles lesiones o elementos en mal estado que puedan ocasionar desprendiemientos.

Una vez reunidos todos los datos del edificio y pasada la inspección ocular, redactaremos el informe de Inspección Técnica del Edificio iITE.

Una vez terminado el informe de Inspección Técnica, se deberá tramitar el Certificado de Aptitud. En el caso de Cataluña, se tramitará ante la Agencia de la Vivienda de Cataluña -AHC-.

La Agencia de la Vivienda de Cataluña -AHC Agència de l'Habitatge de Catalunya- emitirá el correspondiente Certificado de Aptitud, donde se establecerá si el edificio es Apto, Apto Provisional, Apto Cautelarmente o si, por el contrario, lo denegará.

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